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TC prohíbe uso de drones y cámaras para vigilar a vecinos en condominios y publicar ‘mala paga’ en redes sociales

TC prohíbe uso de drones y cámaras para vigilar a vecinos en condominios y publicar ‘mala paga’ en redes sociales
  • Publishedjulio 30, 2026

Santo Domingo, RD.-El Tribunal Constitucional (TC) estableció que las juntas de vecinos no pueden utilizar drones ni cámaras para vigilar la vida privada de los residentes, ni exponer públicamente a propietarios morosos en redes sociales, al considerar estas prácticas violatorias del derecho a la intimidad, el honor y el buen nombre.

La decisión se produjo al conocer un recurso vinculado al residencial Estrella Marina, en La Romana, donde propietarios impugnaron medidas adoptadas por la directiva para el cobro de cuotas de mantenimiento, incluyendo restricciones de acceso, exposición en redes sociales y vigilancia mediante cámaras y drones.

En la sentencia TC/0684/26, el alto tribunal determinó que la difusión de deudas a través de plataformas digitales constituye una exposición indebida que trasciende el ámbito privado, mientras que la videovigilancia orientada hacia viviendas representa una intromisión ilegítima en la vida personal.

No obstante, el TC precisó que informar sobre deudas dentro del propio residencial sí es permitido, siempre que se trate de obligaciones ciertas, no judicializadas y que la comunicación se limite al interés común de los condómines.

Asimismo, indicó que el uso de cámaras en áreas comunes es válido si cuenta con la aprobación de los propietarios y se destina exclusivamente a fines de seguridad, sin invadir espacios privados.

Finalmente, el tribunal ordenó cesar las prácticas denunciadas y recordó que el uso de drones también está regulado por la legislación aeronáutica vigente, que establece restricciones y sanciones para su operación indebida.

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