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El Código Penal que encendió las alarmas: Gobierno propone cambios antes de su entrada en vigor

El Código Penal que encendió las alarmas: Gobierno propone cambios antes de su entrada en vigor
  • Publishedjulio 23, 2026

Críticas de comunicadores, juristas y médicos llevaron al Gobierno a revisar una legislación que promete cambiar el sistema penal dominicano.

Por Martin Severino

Santo Domingo. – La entrada en vigencia del nuevo Código Penal, pautada para el mes de agosto, ha generado cuestionamientos de distintos sectores sociales que advierten posibles restricciones a derechos fundamentales, especialmente en aspectos relacionados con la libertad de expresión y el ejercicio médico. Ante estas críticas y manifestaciones, el Poder Ejecutivo depositó ante el Senado de la República una propuesta de modificación que contempla cambios en 18 artículos de la normativa.

La iniciativa 01705-2026-PLO-SE será la nueva propuesta con la que se busca modificar los artículos 121, 122, 123, 141, 142, 144, 170, 176, 192, 207, 208, 211, 214, 215, 248, 303, 310 y 354 de la Ley 74-25, para dar respuesta a un reclamo que llevó a decenas de ciudadanos a protestar en la Plaza de la Bandera el pasado 9 de julio.

Para el abogado penalista Amadeo Peralta, varios artículos contenidos en el nuevo Código Penal, especialmente los relacionados con la libertad de expresión y el ejercicio del periodismo, podrían generar consecuencias negativas para comunicadores, periodistas, activistas sociales e incluso usuarios de las redes sociales, al considerar que las disposiciones fueron redactadas con un alcance demasiado amplio.

Al ser consultado sobre los criterios que debería tomar en cuenta un juez para determinar cuándo una opinión se convierte en un hecho punible, basado en lo que plantea la pieza actual que será sometida a cambios, Peralta explicó que esa valoración dependerá del contenido definitivo de la legislación, y las modificaciones que se le hagan a los artículos relacionados con ejercicio de la prensa y la medicina.

Abogado Amadeo Peralta.

Señaló que inicialmente los legisladores habían ampliado considerablemente los conceptos para configurar delitos como la difamación y la injuria, pero indicó que, tras las observaciones realizadas por distintos sectores, ahora será necesario esperar el texto definitivo para conocer cuáles serán los parámetros jurídicos que finalmente aplicarán los tribunales.

Respecto a la posibilidad de que las nuevas disposiciones pudieran entra en función señaló que las mismas podrían ser utilizadas para perseguir judicialmente a periodistas, comunicadores, activistas e «influencers», el jurista aseguró que no tiene dudas de que los artículos originalmente aprobados representaban un riesgo para el ejercicio de la libertad de expresión.

Afirmó que las disposiciones relacionadas con la prensa contenían lo que describió como «un caramelo envenenado», al entender que, de la población haber permitido la entrada en vigencia sin modificaciones, prácticamente todos los comunicadores habrían quedado expuestos a procesos judiciales por el contenido de sus publicaciones.

El penalista explicó que entre los aspectos que más le preocupaban figuraban las disposiciones sobre ultraje, injuria, difamación, ciberacoso y la difusión de audios, imágenes y videos, las cuales, según sostuvo, podían tener un efecto devastador sobre el ejercicio del periodismo.

En ese sentido, de acuerdo con lo que indica el nuevo Código Penal en relación con la injuria, en su artículo 208, el mismo tipifica como difamación la imputación o atribución pública de un hecho específico que afecte el honor, la reputación, el buen nombre, la dignidad, la imagen o la integridad familiar de una persona física o jurídica. La disposición abarca expresiones realizadas a través de cualquier medio de comunicación, incluyendo prensa escrita, radio, televisión, plataformas de streaming, medios electrónicos y el ciberespacio. Quienes sean hallados culpables de este delito podrán enfrentar penas de dos a cinco años de prisión menor, multas de entre nueve y quince salarios mínimos del sector público, además de las sanciones complementarias y medidas sociojudiciales que establezca la ley.

La preocupación ciudadana aumentó al conocer que las restricciones y consecuencias se complicaban en el artículo 209, donde se habla de difamación extorsiva y donde textualmente dice:

«Quien haga imputación pública a una persona, física o jurídica, de un hecho preciso o concreto que le afecta en su honor o en su consideración, buen nombre, imagen, dignidad e integridad familiar, por cualquier forma pública, audiovisual o escrita, radial o televisiva, streaming, electrónica o en el ciberespacio, con el propósito de obtener para sí o para un tercero un beneficio de cualquier naturaleza, o para que la víctima o un tercero realice, omita o tolere un acto que le cause un perjuicio, y con ello obligue o procure obligar a la víctima a ceder a sus exigencias, será sancionado con pena de cinco a diez años de prisión mayor y multa de diez a veinte salarios mínimos del sector público.»

Párrafo I.- La misma pena se impondrá a quien, para no materializar la difamación, solicite un beneficio de cualquier naturaleza, o para que la víctima o un tercero realice, omita o tolere un acto que le cause un perjuicio y, con ello, obligue o procure obligar a la víctima a ceder a sus exigencias.

Párrafo II.- Si la infracción es cometida por dos o más personas, sin importar que estas formen o no una asociación de malhechores, se impondrá pena de diez años de prisión mayor y multa de veinte a treinta salarios mínimos del sector público.

Peralta afirmó que fue precisamente el debate público generado tras las críticas formuladas por diversos sectores lo que motivó la revisión de esos artículos por parte del Poder Ejecutivo.

Durante la entrevista, Peralta también cuestionó la compatibilidad del nuevo Código Penal con la Constitución dominicana y sostuvo que, tal como fue aprobado originalmente, contiene disposiciones que entrarían en conflicto con principios constitucionales.

A su juicio, varios artículos serían objeto de acciones directas de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional, al considerar que vulneran derechos fundamentales y principios como la igualdad ante la ley, el debido proceso y la legalidad.

Como ejemplo, mencionó las disposiciones relacionadas con la responsabilidad penal de las personas jurídicas, señalando que el proyecto excluye de esa responsabilidad a instituciones como partidos políticos, iglesias, ayuntamientos y otras entidades, lo que, según afirmó, crea un trato desigual frente a otras organizaciones que sí podrían ser procesadas penalmente.

En cuanto a la diferencia entre una crítica legítima y una conducta sancionable, Peralta manifestó que el texto originalmente aprobado prácticamente no dejaba margen para que un comunicador pudiera ejercer su labor sin exponerse a consecuencias penales.

Los diputados cuando anunciaron disposición de hacer modificaciones al Código Penal.

Explicó que, según la redacción inicial, si una conducta no encajaba en los delitos de difamación o injuria, podía ser perseguida mediante otras figuras como el ultraje a funcionarios públicos o las disposiciones sobre ciberbullying, lo que, en su opinión, ampliaba excesivamente las posibilidades de sanción.

Incluso sostuvo que algunas disposiciones limitaban las expresiones dirigidas a funcionarios públicos tanto en espacios públicos como privados y advirtió sobre otro artículo que contempla penas de hasta 30 años de prisión para quienes no suministren determinadas informaciones a organismos vinculados con la seguridad nacional.

Finalmente, el abogado recomendó que, antes de la aprobación definitiva del Código Penal, se escuche por igual a los profesionales del derecho que ejercen diariamente en los tribunales, al considerar que son quienes conocen las principales debilidades técnicas de la legislación.

Peralta insistió en que, aunque se modifiquen los artículos relacionados con la prensa, el proyecto aún contiene otras disposiciones que podrían ser impugnadas ante el Tribunal Constitucional, por lo que exhortó a realizar una revisión más amplia para evitar que la nueva normativa permanezca sometida constantemente a recursos de inconstitucionalidad una vez entre en vigor.

La reunión del presidente con los influencers

Reconocidos influencers del país han llevado la voz cantante en cuanto al rechazo a los artículos que contemplan penas de prisión en la normativa que entrará en vigencia a partir de principios de agosto.

No en vano, estos líderes de los medios digitales han calificado el nuevo Código Penal como una “Ley Mordaza”, pese a que la pieza solo contiene unos cinco artículos relativos a la libertad de expresión.

La fuerza de los influencers quedó demostrada tras conocerse que seis de ellos sostuvieron una reunión con el presidente de la República, con quien trataron directamente sus inquietudes y preocupaciones con relación al CP.

En este encuentro, en el que participaron Santiago Matías ‘Alofoke’, José Peguero, Miguel Tolentino, Ariel Lara, Eduardo Sánchez Tolentino ‘El Piro’ y Ricardo Ripoll, se acordó crear una mesa de diálogo para consensuar los aspectos conflictos en la legislación.

Ricardo Ripoll y El Piro, de Somos Pueblo, representaron a los influencers en varias mesas de diálogo que sostuvieron con el ministro de Justicia, Antoliano Peralta, con quien finalmente se logró llegar a un acuerdo para someter al Congreso las modificaciones que exigen los representantes de los medios no tradicionales.

El Piro, Ricardo Ripoll, el abogado Pedro Balbuena junto al ministro de Justicia Antoliano Peralta.

Llamó la atención que, en el caso de El Piro, este afirmó en un video que publicó en sus redes sociales que no tiene ningún problema en que se apruebe el artículo 209, concerniente a la difamación extorsiva y que contempla penas de hasta 5 años para quienes incurran en este delito.

El Piro aseveró que si fuera por él pueden imponer condenas de hasta 20 años, asegurando que él no incurre en ese tipo de prácticas.

En cuanto a la manifestación del pasado 9 de julio en la Plaza de la Bandera, precisó que es una forma de mantenerse vigilantes, aunque ya el Poder Ejecutivo haya enviado al Congreso la propuesta de modificación a los artículos objetados.

Manifestación en la Plaza de la Bandera.

Las lecciones

El debate generado en torno al nuevo Código Penal puso de manifiesto las preocupaciones de diversos sectores de la sociedad sobre el alcance de algunas de sus disposiciones, especialmente las relacionadas con la libertad de expresión y el ejercicio de la medicina.

Aunque el Poder Ejecutivo propuso modificaciones a 18 artículos en respuesta a las críticas, juristas y representantes del Colegio Médico Dominicano consideran que la pieza aún requiere una revisión más profunda para garantizar que sus disposiciones sean compatibles con la Constitución y no vulneren derechos fundamentales ni afecten el ejercicio de profesiones esenciales.

En ese contexto, las modificaciones propuestas por el Ejecutivo representan un primer paso para atender las inquietudes planteadas por distintos sectores. Sin embargo, abogados, periodistas, médicos y organizaciones de la sociedad civil sostienen que el proceso legislativo debe aprovecharse para revisar de manera integral el proyecto, con el fin de evitar futuras controversias jurídicas y garantizar que la nueva legislación fortalezca el sistema de justicia sin comprometer derechos y garantías consagrados en la Constitución.

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