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Tribunal explica por qué rechazó extinguir el caso Jean Alain

Tribunal explica por qué rechazó extinguir el caso Jean Alain
  • Publishedseptiembre 26, 2026

Las juezas evaluaron que 38 aplazamientos no fueron tácticas dilatorias y analizaron el trabajo del Ministerio Público y el Poder Judicial. Concluyeron que el caso avanzó sin negligencia, ocupando el 90 % del tiempo del tribunal.

Tribunal Colegiado rechazó las solicitudes de extinción de la acción penal presentadas por 13 procesados en el caso Jean Alain Rodríguez, pese a reconocer que el plazo legal del proceso ya había vencido. La magistrada Clara Castillo explicó que las juezas analizaron no solo el tiempo transcurrido, sino también las actuaciones realizadas durante casi seis años de proceso.

El plazo venció, pero analizaron las causas

Según la explicación del tribunal, el proceso había superado los tres, cuatro y cinco años, dependiendo del escenario legal aplicado a cada procesado. Sin embargo, las juezas consideraron que el calendario por sí solo no permitía determinar si existió una demora injustificada.

Durante la etapa de instrucción fueron fijadas 99 audiencias, de las cuales unas 38 fueron aplazadas por diferentes motivos. Posteriormente, el expedientepermaneció casi tres años en la audiencia preliminar, hasta que se dictó el auto de apertura a juicio.

  • El caso también pasó por el Cuarto Tribunal Colegiado durante aproximadamente seis meses, antes de que una recusación provocara su salida de ese tribunal. El Segundo Tribunal Colegiado quedó apoderado el 25 de febrero de 2025 y, al momento de la decisión, llevaba un año y siete meses con el expediente.

Las magistradas concluyeron que los 38 aplazamientos no constituían automáticamente tácticas dilatorias. Entre las causas figuraron notificaciones de pruebas, designación de abogados, problemas de salud, fallecimientos de familiares y otras situaciones personales debidamente acreditadas.

También evaluaron el trabajo de los tribunales

Las juezas analizaron individualmente la situación de los 13 procesados y determinaron que ninguno había provocado una demora que pudiera considerarse una táctica dilatoria. Las actuaciones de sus abogados fueron consideradas parte del ejercicio del derecho de defensa.

  • El tribunal también revisó el trabajo del Ministerio Público y del Poder Judicial. Según Castillo, el expediente generó unas 20 resoluciones en el Segundo Tribunal Colegiado y más de 1,000 páginas de respuestas procesales. Además, afirmó que el caso ocupaba aproximadamente el 90 % del tiempo laboral del tribunal.

Las magistradas sostuvieron que el proceso ha mantenido actividad procesal y que no se demostró negligencia judicial. Aunque rechazaron la extinción, advirtieron que el caso debe avanzar y que el plazo razonable no puede determinarse únicamente por el calendario.

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